Papeli Brown Sugar escribió:Como ya dije en mi anterior post en este tema el filtro debería estar en los políticos no en los que votan.
Es que el principal filtro de los políticos tienen que ser los que votan.
Gafas D Kuro escribió:A lo primero, porque es evidente que a edades tempranas una persona no suele disponer de los suficientes grados de madurez, experiencia y autosuficiencia. Habrá menores de sí que los posean, y el hecho de que el umbral esté en los 18 años en lugar de en los 17 o los 19 está claro que es arbitrario hasta cierto punto; pero más claro es todavía el hecho de que es necesario establecer un umbral.
Pues me parece que cuantificas esta arbitrariedad muy mínimamente porque a mí me parece que el rango posible es tan ridículamente amplio que no tiene ni sentido.
Las otras edades mínimas legales amplifican aun más el caos azaroso que se han montado, pero teniendo en cuenta las diferencias en la intención de la mayoría a la de voto que es directamente no por protección del menor si no porque los adultos tienen básicamente el mismo miedo que recrimináis con adultos. Pues la diferencia yo no la veo. No hablo de excepciones. Hablo de que la gente raramente cambia significativamente su opinión, en gran parte porque al final casi siempre acaba yendo más de influencias que de madurez. Y puedo decir esto de la mayoría de la población en general, porque nadie tiene tiempo para revisar por sí mismo y acaba siempre recibiendo información sesgada y porque nadie puede con la presión grupal. De hecho, si te dejas de parafernalia judicial y le preguntas a los psicólogos, la adolescencia termina entre 19 y 21 años, y algunos dicen hasta 25. Y nadie lo nota.
Lo segundo es más sencillo: un ciudadano español que vive en el extranjero dispone del derecho a voto porque es un derecho reconocido por las leyes del que se dispone por nacimiento. Tan sólo un juez, y en casos bastante concretos, tiene capacidad para retirar ese derecho. El mero hecho de residir fuera ni significa nada legalmente ni debería ser óbice para que un ciudadano votase de acuerdo a lo que pudiera querer para su país (algo que puede influir en su deseo de volver o no); impedirlo textualmente sería básicamente condenar a esos ciudadanos a una forma de exilio político.
Pues aquí sencillamente no estoy de acuerdo, tú deberías tener elección sobre la política de tu país porque esta te va a afectar, no por el mero hecho de ser tu país.
Los inmigrantes con largos periodos de residencia pueden optar a la nacionalidad española si ellos quieren tras un determinado número de años y el proceso no es precisamente complicado. Conozco el examen CCSE del Instituto Cervantes para la nacionalidad española porque he trabajado en el desarrollo de la plataforma que gestiona los mismos, y hay preguntas del rollo "De qué Comunidad Autónoma es capital Sevilla", "Por qué construcción es conocida Segovia" o "Cuál es la profesión de Penélope Cruz". En todo caso podemos discutir sobre el periodo de residencia necesario para poder optar a la nacionalidad española; pero esa cifra depende principalmente de las relaciones diplomáticas y los acuerdos establecidos de España con el país en cuestión.
Cuando digo "años de residencia" quiero decir que de los que he conocido (que no son pocos) el que más rápido consiguió la nacionalidad con ese proceso y sin casarse se estuvo 10 años. ¿10 años para qué? Pues se lo pregunté a funcionarios y me dijeron que "para demostrar que sabían como funcionaba el país". Tócate los huevos. El carnet de votante siempre ha existido, es sólo que a vosotros no os obligan a pasar el test.
No shade.